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CONTRATO DE MANDATO PARA COBRANZA

Yo, Nombre, mayor de edad, identificado con cédula de identidad SN, con correo electrónico Correo no especificado, en adelante EL MANDANTE, autorizo a INMOCENTRAL, representada por su gerente general, Paul Aguilar, mayor de edad, identificado con cédula de identidad número 1717195141, con domicilio en Quito - Ecuador, en adelante EL MANDATARIO, a celebrar el presente contrato de mandato, regulado por los artículos 2020 y siguientes del Código Civil de la República del Ecuador, la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, y demás normativa aplicable, con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO

EL MANDANTE autoriza a EL MANDATARIO para que, en su nombre y representación, realice gestiones de cobranza de una solicitud de pago con ID Pendiente de generar, dirigida al destinatario Nombre, identificado con cédula de identidad número SN, por un monto de Monto no especificado, en la moneda USD, a razón de Razón no especificada. Este mandato se limita a actuar como agente de cobranza, sin que EL MANDATARIO actúe como intermediario financiero ni realice operaciones de captación, inversión o administración de fondos. EL MANDATARIO actuará en nombre de EL MANDANTE, emitiendo recibos y documentos a su favor, y transfiriendo los fondos recaudados a la cuenta bancaria Banco no especificado número Cuenta no especificada designada por EL MANDANTE dentro de los 4 días laborables luego de recibir el respectivo pago, sin retenerlos a su favor.

SEGUNDA: FACULTADES DEL MANDATARIO

Conforme al artículo 2036 del Código Civil, EL MANDANTE autoriza a EL MANDATARIO a:

  • a) Recibir el pago correspondiente a la solicitud de pago con ID Pendiente de generar del destinatario Nombre (cédula: SN).
  • b) Emitir recibos provisionales o definitivos a nombre de EL MANDANTE, conforme a la Ley de Inquilinato y normativa aplicable.
  • c) Notificar al destinatario sobre la obligación de pago pendiente y, si es necesario, iniciar gestiones extrajudiciales de cobro, sin perjuicio de que acciones judiciales requieran poder adicional.
  • d) Depositar los fondos recaudados en la cuenta bancaria de EL MANDANTE en Banco no especificado número Cuenta no especificada, dentro de las 96 horas siguientes a su pago, deduciendo únicamente la remuneración pactada.
  • e) Rendir cuentas detalladas sobre el cobro realizado, incluyendo monto, fechas, deudores y cualquier incidencia.

Estas facultades no incluyen celebrar nuevos contratos, modificar existentes ni administrar inmuebles.

TERCERA: OBLIGACIONES DEL MANDATARIO

EL MANDATARIO se compromete a:

  • a) Actuar con diligencia y lealtad, conforme al artículo 2033 del Código Civil, respondiendo por cualquier negligencia que cause perjuicio a EL MANDANTE.
  • b) No actuar en nombre propio ni asumir obligaciones personales con terceros, limitándose a representar a EL MANDANTE (artículo 2055 del Código Civil).
  • c) Transferir inmediatamente los fondos recaudados de la solicitud de pago con ID Pendiente de generar, sin utilizarlos para fines propios ni realizar operaciones financieras reguladas.
  • d) Mantener la confidencialidad de la información de EL MANDANTE y del destinatario, conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
  • e) Rendir cuentas en cualquier momento a solicitud de EL MANDANTE, conforme al artículo 2059 del Código Civil.
CUARTA: OBLIGACIONES DEL MANDANTE

EL MANDANTE se compromete a:

  • a) Proporcionar a EL MANDATARIO toda la información necesaria sobre la solicitud de pago con ID Pendiente de generar, incluyendo datos del destinatario y detalles del pago, a través de la plataforma web de INMOCENTRAL.
  • b) Ratificar, si es necesario, las actuaciones de EL MANDATARIO ante terceros.
  • c) Pagar la remuneración pactada en la cláusula siguiente.
  • d) Indemnizar a EL MANDATARIO por gastos razonables incurridos, conforme al artículo 2062 del Código Civil.
QUINTA: REMUNERACIÓN

Como pago por los servicios de cobranza, EL MANDANTE autoriza a EL MANDATARIO a deducir una comisión del 10% de los montos recaudados de la solicitud de pago con ID Pendiente de generar, transfiriendo el resto a la cuenta de EL MANDANTE. Esta remuneración es justa y acorde con los usos del sector inmobiliario, sin implicar operaciones financieras.

SEXTA: ACEPTACIÓN ELECTRÓNICA

EL MANDANTE declara que al marcar la casilla “Acepto” en la plataforma web de INMOCENTRAL, expresa su consentimiento conforme al artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos. Ha leído y comprendido este contrato, disponible en un formato accesible y descargable. La plataforma registrará la aceptación (fecha, hora, IP y datos ingresados) como prueba, conforme al artículo 16 de la ley. EL MANDANTE recibirá una copia del contrato por correo electrónico o enlace de descarga.

SÉPTIMA: RESPONSABILIDAD

EL MANDATARIO responderá por daños causados por dolo o culpa grave, conforme al Código Civil. No actúa como intermediario financiero, limitándose a un servicio de agencia libre de cobranza en nombre de EL MANDANTE. INMOCENTRAL declara que no realiza actividades reguladas por la Superintendencia de Bancos.

OCTAVA: PROTECCIÓN DE DATOS

EL MANDANTE autoriza a EL MANDATARIO a tratar sus datos personales (nombre, cédula, cuenta bancaria) y los del destinatario Nombre (cédula: SN) conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, únicamente para los fines de este contrato, según la política de privacidad de INMOCENTRAL.

NOVENA: REVERSO DE TRANSACCIONES

EL MANDANTE podrá autorizar a EL MANDATARIO a reversar cualquier transacción que haya sido realizada por error, los reversos sólo pueden ejecutarse el mismo día de la transacción original y para poder realizarse tendrán que ser notificados hasta las 17:30 del día en que se realizó la transacción original.

DÉCIMA: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este contrato se rige por el Código Civil ecuatoriano, la Ley de Inquilinato, la Ley de Comercio Electrónico y normativa complementaria. Cualquier controversia se someterá a los jueces de Quito, renunciando a otro fuero.

ACEPTACIÓN

Al marcar la casilla “Acepto” a continuación, EL MANDANTE declara que ha leído, comprendido y acepta todas las cláusulas de este contrato, otorgando su consentimiento expreso para su ejecución en relación con la solicitud de pago con ID Pendiente de generar.

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